Partición. Embargo genérico. Publicidad registral. Fraude. Inoponibilidad. Jurisprudencia comentada
Palabras clave:
PARTICION, FRAUDE, EMBARGO GENERICO, PUBLICIDAD REGISTRAL, NOPONIBILIDAD, JURISPRUDENCIA COMENTADAResumen
En la partición sucesoria, por el efecto declarativo y retroactivo, el embargo genérico trabado a un copartiente no afecta los bienes adjudicados a los otros copartientes.
El efecto declarativo retroactivo de la partición hereditaria prevalece sobre el embargo genérico trabado contra un heredero por deudas personales con relación a dichas herencias. Nuestro derecho positivo no previó una acción de inoponibilidad por fraude contra la partición. Sin embargo, en la actualidad, la jurisprudencia sostiene que sí es admisible dicha acción. Ante tal situación, el escribano deberá valorar cada caso concreto





