Cesión de derechos hereditarios.Publicidad registral. DIP. Contencioso registral. Calificación registral
Palabras clave:
CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, PUBLICIDAD REGISTRAL, DIP, CONTENCIOSO REGISTRAL, CALIFICACIÓN REGISTRALResumen
Es posible ceder los derechos hereditarios sobre los bienes ubicados en Uruguay con prescindencia de los bienes ubicados en otros países y como tal, es un acto inscribible en el Registro Nacional de Actos Personales de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 45 de la ley 16.871
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Publicado
2019-12-31
Cómo citar
Villar, J. P. (2019). Cesión de derechos hereditarios.Publicidad registral. DIP. Contencioso registral. Calificación registral. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 105(1-12), 315–325. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/151
Número
Sección
Consultas técnicas





