Sociedad en comandita por acciones. Bien mueble. Compraventa. Cesión de cuota social. Prescripción adquisitiva. Poder
Palabras clave:
SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, BIEN INMUEBLE, COMPRAVENTA, CESION DE CUOTA SOCIAL, PRESCRIPCION ADQUISITIVA, PODERResumen
El consentimiento de los demás socios para la transferencia de las participaciones es un requisito voluntario de eficacia. Siendo la participación social un bien mueble, puede oponerse la prescripción de seis años como excepción, ya que existe título hábil que prueba desde cuándo se tiene la posesión de aquellas.
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Publicado
2023-05-09
Cómo citar
Cianciarulo, D., & Mastropierro, F. . (2023). Sociedad en comandita por acciones. Bien mueble. Compraventa. Cesión de cuota social. Prescripción adquisitiva. Poder. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 108(1-12), 368–384. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/247
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Sección
Consultas técnicas
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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