Automotores. Embargo. Prescripción adquisitiva. Compraventa. Publicidad registral. Reserva de prioridad
Palabras clave:
AUTOMOTORES, EMBARGO, PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, COMPRAVENTA, PUBLICIDAD REGISTRAL, RESERVA DE PRIORIDADResumen
El embargo general de derechos sobre el cónyuge de uno de los enajenantes inscripto con anterioridad a la enajenación, no afecta la futura enajenación del bien. La usucapión puede oponerse por el adquirente por vía de excepción, al acreedor embargante, ya que existen documentos que prueban la posesión calificada por más de seis años, no es menester la realización de procedimiento judicial alguno. El acreedor mantendrá la acción para acudir contra su deudor, pero no agredir el bien. Al ser la prescripción un modo originario de adquirir, dicho embargo no afecta.
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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