Escribanos. Imparcialidad. Función Notarial
Palabras clave:
ESCRIBANOS, IMPARCIALIDAD, FUNCIÓN NOTARIALResumen
Según la reglamentación legal de la profesión, la doctrina y la deontología notarial, el escribano debe actuar con imparcialidad, informando y asesorando a ambas partes, y así asegurarles estar contratando en conocimiento del alcance de los derechos y de las obligaciones asumidas, así como de sus consecuencias jurídicas.
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Publicado
2024-01-22
Cómo citar
Porta, V., & Chao Peña, S. (2024). Escribanos. Imparcialidad. Función Notarial. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 109(1-12), 386–394. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/602
Número
Sección
Consultas técnicas





