Incorporación a propiedad horizontal. Hipoteca. Préstamo bancario

Autores/as

  • Carlos Groisman Informante
  • Roque Molla Informante

Palabras clave:

INCORPORACIÓN A PROPIEDAD HORIZONTAL, HIPOTECA, PRÉSTAMO BANCARIO

Resumen

La ley 16.760 no exige el otorgamiento de un préstamo hipotecario como requisito previo a la incorporación del inmueble al estado horizontal. La hipoteca constituida garantiza la financiación de la construcción del edificio de propiedad horizontal, pero no cualquier otra obligación indeterminada del deudor con el banco acreedor.

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Biografía del autor/a

Carlos Groisman, Informante

Asociación de Escribanos del Uruguay, Comisión de Derecho Civil

Roque Molla, Informante

Asociación de Escribanos del Uruguay, Comisión de Derecho Civil

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Publicado

2021-12-31

Cómo citar

Groisman, C., & Molla Camacho, R. (2021). Incorporación a propiedad horizontal. Hipoteca. Préstamo bancario. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 107(1-12), 394–403. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/91

Número

Sección

Consultas técnicas

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