Usufructo. Derechos reales. Derecho de uso y goce. Legados. Nuda propiedad
Palabras clave:
USUFRUCTO, DERECHOS REALES, DERECHO DE USO Y GOCE, LEGADOS, NUDA PROPIEDADResumen
Una viuda, propietaria del 50 % de la nuda propiedad y del 100 % del derecho de usufructo de un inmueble, fallece bajo disposiciones de testamento solemne abierto. En su testamento nombró heredero a una persona y legó la nuda propiedad de su mitad indivisa a otra (propietaria del 50 % restante). Se consulta si el heredero testamentario adquiere el derecho de usufructo que detentaba la causante. No habiendo destinatario del derecho de usufructo del cual era propietaria, este se extingue con su muerte —no se trasmite a sus herederos— y se consolida con la nuda propiedad.
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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