Compraventa. Paga. Precio. Novación
Palabras clave:
COMPRAVENTA, PAGA, PRECIO, NOVACIONResumen
Eficacia de la cláusula de precio en cuanto a la extinción de la obligación de pagar el precio de la compraventa, teniendo en cuenta lo dispuesto por la cláusula aditiva en dicha escritura. La carta de pago extinguió la obligación de pagar el precio. Operó la novación, según el escribano Roque Molla, por sustitución de causa, y al operar la novación no se puede ejercer la acción causal. De la consulta no surge que el girado haya pagado las letras de cambio. Se presume que así lo ha hecho. En caso contrario, el tenedor de estas estaría en condiciones de ejercitar la acción cambiaria. Podría estar en condiciones de ejercitar la acción cambiaria, pero no la acción causal, por haberse ya extinguido. Así, el título no es observable en cuanto al punto consultado.
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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