Compraventa. Paga. Precio. Novación

Autores/as

  • Maximiliano Mauri Vidal Informante. Comisión de Derecho Civil.

Palabras clave:

COMPRAVENTA, PAGA, PRECIO, NOVACION

Resumen

Eficacia de la cláusula de precio en cuanto a la extinción de la obligación de pagar el precio de la compraventa, teniendo en cuenta lo dispuesto por la cláusula aditiva en dicha escritura. La carta de pago extinguió la obligación de pagar el precio. Operó la novación, según el escribano Roque Molla, por sustitución de causa, y al operar la novación no se puede ejercer la acción causal. De la consulta no surge que el girado haya pagado las letras de cambio. Se presume que así lo ha hecho. En caso contrario, el tenedor de estas estaría en condiciones de ejercitar la acción cambiaria. Podría estar en condiciones de ejercitar la acción cambiaria, pero no la acción causal, por haberse ya extinguido. Así, el título no es observable en cuanto al punto consultado.

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Publicado

2023-06-30

Cómo citar

Mauri Vidal, M. (2023). Compraventa. Paga. Precio. Novación . Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 101(1-12), 352–356. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/524

Número

Sección

Consultas técnicas

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