Partición. Indivisión poscomunitaria. Embargo genérico. Publicidad registral
Palabras clave:
Partición, Indivisión poscomunitaria, Embargo genérico, Publicidad registralResumen
Partición de indivisión poscomunitaria por causa de divorcio no inscripto y anterior a la entrada en vigencia de la ley 16.871; partición inscripta con posterioridad a la inscripción del embargo genérico a un copartiente: prevalece el efecto declarativo retroactivo de la partición (aún no inscripta o inscripta tardíamente) sobre el embargo, por imperio de los artículos 1151 del Código Civil y 54 (inc. 2.º) y 56 (inc. 2.º) de la ley 16.871
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Publicado
2024-04-08
Cómo citar
Parga Zanelli, J. (2024). Partición. Indivisión poscomunitaria. Embargo genérico. Publicidad registral. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 109(1-12), 559–565. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/629
Número
Sección
Consultas técnicas





