Compraventa. Controles notariales. Divorcio. Modos de adquirir el dominio. Prescripción adquisitiva. Publicidad registral. Principio de tracto sucesivo

Autores/as

  • Carlos del Campo Informante. Comisión de Derecho Registral
  • Valentina Almirón Informante. Comisión de Derecho Civil
  • Valentina Caldeyro Informante. Comisión de Derecho Civil

Palabras clave:

Compraventa, Controles notariales, Divorcio, Modos de adquirir el dominio, Prescripción adquisitiva, Publicidad registral, Principio de tracto sucesivo

Resumen

Tanto las distintas interpretaciones del asentimiento conyugal del enajenante en un negocio inscripto en 1987 como el contralor del divorcio de esa parte en aquel momento carecen de relevancia respecto a la registración de un negocio actual; al estar inscripta la adquisición de la actual titular, la enajenación por sus sucesores cumplirá el tracto sucesivo del artículo 57 de la actual Ley de Registros

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Publicado

2026-04-27

Cómo citar

del Campo, C., Almirón, V., & Caldeyro, V. (2026). Compraventa. Controles notariales. Divorcio. Modos de adquirir el dominio. Prescripción adquisitiva. Publicidad registral. Principio de tracto sucesivo. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 111(1-12). Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/744

Número

Sección

Consultas técnicas