Régimen matrimonial. Matrimonio. Francia

Autores/as

  • Mariana Ulery Navascués Informante

Palabras clave:

RÉGIMEN MATRIMONIAL, MATRIMONIO, FRANCIA

Resumen

Para la determinación de la fuente normativa aplicable al régimen de bienes de un matrimonio celebrado en 1941 en Francia y con primer domicilio en dicho país, es necesario conocer la fecha precisa de su celebración. En función de si fue antes o después del 3 de diciembre de dicho año, fecha de promulgación de la ley 10.084, corresponderá aplicar el artículo 130 del Código Civil o el 2397 de su apéndice, agregado por la referida ley.

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Biografía del autor/a

Mariana Ulery Navascués, Informante

Asociación de Escribanos del Uruguay, Comisión de Derecho Internacional Privado

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Publicado

2021-12-31

Cómo citar

Ulery, M. (2021). Régimen matrimonial. Matrimonio. Francia. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 107(1-12), 423–429. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/96

Número

Sección

Consultas técnicas