Gastos comunes. Propiedad horizontal. Reglamento de copropiedad

Autores/as

  • Adriana Silva Fierro Informante. Comisión de Derecho Civil
  • Mildred Secondo Informante. Comisión de Derecho Civil

Palabras clave:

GASTOS COMUNES, PROPIEDAD HORIZONTAL, REGLAMENTO DE COPROPIEDAD

Resumen

Las posibles exoneraciones al pago de gastos comunes establecidas en un reglamento de copropiedad sólo alcanzan a los de mantenimiento y conservación que se originen por el uso de los bienes que por su ubicación y destino no puedan ser aprovechados, no pudiéndose exonerar, por atacar la esencia del sistema, el pago de aquellos que se produjeran por causas ajenas al uso, como el transcurso del tiempo, vetustez, vicios en la estructura, eventos climáticos, etc.

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Publicado

2023-06-15

Cómo citar

Silva Fierro, A., & Secondo, M. (2023). Gastos comunes. Propiedad horizontal. Reglamento de copropiedad. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 103(1-12), 407–411. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/365

Número

Sección

Consultas técnicas

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