Inhibiciones del escribano. Parentesco. Unión concubinaria
Palabras clave:
INHIBICIONES DEL ESCRIBANO, PARENTESCO, UNIÓN CONCUBINARIAResumen
La situación de concubinato del Escribano con uno de los otorgantes no está prevista en forma textual como causal de inhibición, no obstante lo cual en una interpretación amplia de la expresión "miembros de la familia" resultaría comprendida en la prohibición del art. 24 de la Ley Orgánica Notarial. De interpretarse judicialmente que está incluida en la disposición legal, el documento se vería afectado de nulidad relativa. Desde el punto de vista deontológico y del principio de imparcialidad, es de fundamental importancia para el prestigio ético del propio escribano y el de la profesión, abstenerse de actuar en los casos que pueda ser objeto de dudas acerca de su transparencia, independencia y desinterés.
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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