Promesa de compraventa. Heredero. Legitimación activa. Modos de adquirir el dominio. Derecho de propiedad. Derecho de transmisión
Palabras clave:
Promesa de compraventa, Heredero, Legitimación activa, Modos de adquirir el dominio, Derecho de propiedad, Derecho de transmisiónResumen
Para que la transferencia de la propiedad de un bien se produzca debe contarse con la voluntad del o los titulares de la esfera jurídico-patrimonial correspondiente o con una ley que lo autorice o apruebe, solución cimentada en el principio de legitimidad, consagrado en el artículo 489 del Código Civil. En el caso, ello no se da por no contarse con la participación de todos los propietarios del inmueble en el otorgamiento de la promesa de marras
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Publicado
2026-01-15
Cómo citar
Bernazquín Silva, F., García Rodríguez, N., & Fernández Echeverry, C. A. (2026). Promesa de compraventa. Heredero. Legitimación activa. Modos de adquirir el dominio. Derecho de propiedad. Derecho de transmisión. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 111(1-12). Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/710
Número
Sección
Consultas técnicas





