Paga por entrega de bienes. Promesa de compraventa. Novación
Palabras clave:
PAGA POR ENTREGA DE BIENES, PROMESA DE COMPRAVENTA, NOVACIÓNResumen
La paga por entrega de bienes o dación en pago es un modo de extinguir obligaciones; en el caso, surgidas de un contrato. La promesa de compraventa otorgada de acuerdo con la ley 8.733, modificativas y concordantes se ubica en las antípodas por ser un contrato y, por ende, fuente de obligaciones.
La promesa de dar en pago no tiene aptitud registral por no participar de los tipos previstos por la ley 8.733, modificativas y concordantes: la promesa de enajenación con prestaciones recíprocas de las partes y la promesa de compraventa.





