Certificado de resultancias de autos.Promesa de enajenación de inmuebles a plazos. Declaratoria de herederos. Compraventa judicial. Derechos del promitente comprador

Autores/as

  • Karin Perdomo Silvera Informante. Comisión de Derecho Registral
  • Margarita Puertollano Informante. Comisión de Derecho Civil

Palabras clave:

CERTIFICADO DE RESULTANCIAS DE AUTOS, PROMESA DE ENAJENACIÓN DE INMUEBLES A PLAZOS, DECLARATORIA DE HEREDEROS, COMPRAVENTA JUDICIAL, DERECHOS DEL PROMITENTE COMPRADOR

Resumen

Escrituración forzada de derecho de promitente comprador. Sucesión. Cesión de derechos hereditarios. Certificado de resultancias de autos y ampliaciones. Por certificación notarial (ley 16.871, art. 90) correspondería determinar que el porcentaje del haber incluido en la sucesión de WOM es el 50 % de los derechos de promitente comprador en el padrón objeto de la consulta. Desde el punto de vista sustancial y de derecho civil, la inclusión en la relación de bienes de un certificado de resultancias de autos —la mitad indivisa de los derechos de promitente comprador— no es necesaria para adquirir la herencia ni disponer en forma válida y eficaz de los bienes hereditarios, no siendo observable el título ni la escrituración judicial

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Publicado

2019-12-31

Cómo citar

Perdomo Silvera, K., & Puertollano, M. (2019). Certificado de resultancias de autos.Promesa de enajenación de inmuebles a plazos. Declaratoria de herederos. Compraventa judicial. Derechos del promitente comprador. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 105(1-12), 198–207. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/126

Número

Sección

Consultas técnicas