Bien propio. Bien ganancial. Construcciones. Bien inmueble. Naturaleza jurídica. Sucesiones
Palabras clave:
BIEN PROPIO, BIEN GANANCIAL, CONSTRUCCIONES, BIEN INMUEBLE, NATURALEZA JURÍDICA, SUCESIONESResumen
El padrón 0000 tiene naturaleza propia para los hermanos NMCR y DRCR, por haber ingresado los derechos de promitente comprador al patrimonio de éstos en calidad de propios por herencia de su padre. La construcción de 2 habitaciones de la vivienda existente y una sala de ordeñe en el tambo (también ya preexistente al matrimonio) durante la vigencia de la sociedad legal de bienes de DRCR y HMFN, generó para la cónyuge MHFN un crédito por "aumento de valor". El bien sigue perteneciendo a su dueño originario DRCR en carácter propio. No siendo MHFN propietaria del bien, no corresponde la inclusión del padrón 0000 en la relación de bienes a practicarse en su sucesión.
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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