Bien propio. Bien inmueble. Naturaleza jurídica. Promesa de compraventa. Causa. Consentimiento. Cónyuge. Sociedad conyugal. Construcciones
Palabras clave:
BIEN PROPIO, BIEN INMUEBLE, NATURALEZA JURÍDICA, PROMESA DE COMPRAVENTA, CAUSA, CONSENTIMIENTO, CÓNYUGE, SOCIEDAD CONYUGAL, CONSTRUCCIONESResumen
Los bienes adquiridos durante la vigencia de la sociedad conyugal cuando la causa o título ha sido anterior al matrimonio, son de carácter propio. La promesa de compraventa inscripta constituye la causa o título anterior. Las refacciones o ampliaciones hechas en los edificios existentes no hacen aplicable la retroversión del principio de accesión dispuesta por el numeral 6o inciso final del artículo 1955 del CC.
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