Embargo genérico. Publicidad registral. Usufructo. Renuncia a derechos. Bien inmueble. Muerte
Palabras clave:
EMBARGO GENÉRICO, PUBLICIDAD REGISTRAL, USUFRUCTO, RENUNCIA A DERECHOS, MUERTEResumen
El derecho de los acreedores está protegido por el embargo genérico trabado al usufructuario. A partir del fallecimiento del usufructuario el derecho de usufructo se consolida con la nuda propiedad, y el derecho de los acreedores a perseguir ese derecho de usufructo también se extingue con el deceso.
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Publicado
2023-06-27
Cómo citar
Marchese, M. del R., & Garbarino, Álvaro. (2023). Embargo genérico. Publicidad registral. Usufructo. Renuncia a derechos. Bien inmueble. Muerte. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 100(1-12), 172–175. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/460
Número
Sección
Consultas técnicas
Licencia
Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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