Certificado de resultancias de autos. Error
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CERTIFICADO DE RESULTANCIAS DE AUTOS, ERRORResumen
La falta de la expresión mitad indivisa en el certificado de resultancias de autos, en un certificado de acuerdo al artículo 105.2 del Código General del Proceso, habiendo realizado la aclaración —por certificación notarial— a los efectos de cumplir con el principio de tracto sucesivo registral, y cuando en la relación de bienes presentada al juzgado se aclaró de manera expresa que era un bien de naturaleza jurídica ganancial y se incluyó su procedencia, no afecta la bondad de los títulos, por lo que es posible realizar la venta sin necesidad de rectificar el certificado





