Propiedad horizontal. Bienes comunes de uso exclusivo. Gastos comunes.
Palabras clave:
PROPIEDAD HORIZONTAL, BIENES COMUNES DE USO EXCLUSIVO, GASTOS COMUNESResumen
Los gastos de conservación y reparación de los bienes comunes de uso exclusivo (azotea) deben ser sufragados por todos los condóminos, salvo que los deterioros sean causados por dicho uso exclusivo. Se recomienda el dictamen de un perito para la determinación del origen de los mismos.
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Publicado
2023-06-27
Cómo citar
Seré Turturiello, D. (2023). Propiedad horizontal. Bienes comunes de uso exclusivo. Gastos comunes. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 100(1-12), 356–361. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/499
Número
Sección
Consultas técnicas
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Derechos de autor 2023 Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay

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