Promesa de compraventa. Cesión de derechos posesorios. Publicidad registral

Autores/as

  • Gustavo Echavarría Trabadelo Informante. Comisión de Derecho Civil

Palabras clave:

Promesa de compraventa, Cesión de derechos posesorios, Publicidad registral

Resumen

La inscripción registral de la enajenación de derechos posesorios sobre un inmueble no obsta a la escrituración judicial de la promesa de enajenación (ley 8.733) otorgada por el propietario del bien a favor de quien luego cediera sus derechos de promitente comprador. Otorgada la escritura, el último adquirente de estos derechos de promitente comprador podrá gozar y disponer del bien (artículo 487 del Código Civil)

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Publicado

2024-02-02

Cómo citar

Echavarría Trabadelo, G. (2024). Promesa de compraventa. Cesión de derechos posesorios. Publicidad registral. Revista De La Asociación De Escribanos Del Uruguay, 109(1-12), 395–400. Recuperado a partir de https://revista.aeu.org.uy/index.php/raeu/article/view/613

Número

Sección

Consultas técnicas

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